Glosario PLD/FT Actividad

Actividad Vulnerable (AV)

Definición

Actividades económicas no financieras que por su naturaleza son susceptibles al lavado de dinero, financiamiento al terrorismo reguladas por la LFPIORPI

Referencia legal

Este término está definido o regulado en:

Artículo 17 LFPIORPI

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Actividad Vulnerable (AV)

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