LFPIORPI Título IV - De las Entidades Colegiadas

Artículo 34

Funciones de Entidades Colegiadas

Publicación DOF
17 jul. 2013

Texto oficial

Las Entidades Colegiadas podrán celebrar convenios con la Secretaría para coadyuvar en la difusión y cumplimiento de esta Ley.

Explicación práctica

Las entidades colegiadas pueden firmar convenios con la SHCP para ayudar en la difusión de las obligaciones PLD entre sus agremiados.

Puntos clave

  • Convenios de colaboración
  • Difusión de obligaciones
  • Coadyuvancia con autoridades

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